Rechazado Recurso: Vías Exclusivas Son Legales, Según Corte

Originalmente aparecido en El Mercurio, 8/nov/2000

Justo en el día que el Gobierno anunció la implementación de vías exclusivas permanentes durante la temporada de alta polución, como parte del nuevo Plan Maestro de Transportes, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección presentado por detractores de esa medida que estiman vulnerado sus derechos particulares.

La decisión, adoptada por tres votos contra cero Por la Tercera Sala del tribunal de alzada, fue recibida con satisfacción por el subsecretario de Transportes, Patricio Tombolini, para quien "con este fallo la Corte de apelaciones confirmó que, en el choque de dos bienes jurídicos, el derecho privado frente al derecho de la salud de las personas, debe primar el bien mayor, cual es el derecho a la vida y la salud de todos".

Creadas a principios de este año, las popularmente llamadas vías exclusivas corresponden, en rigor, a la Red Vial de Emergencia, un conjunto de seis ejes que, durante las horas punta de la mañana y la tarde, es reservado exclusivamente para el tránsito del transporte público, como una forma de desincentivar el uso de vehículos particulares en días de alta contaminación atmosférica.

La red, por la que circula el 80% de los recorridos, opera dentro del anillo Américo Vespucio y está formada por los ejes Independencia-Gran Avenida, Recoleta.Santa Rosa, Vicuña Mackenna, Pajaritos-Apoquindo, San Pablo e Irarrázaval, con un total de 105 kilómetros de extensión. Sin embargo, su aplicación fue resistida por particulares que estimaron vulnerado su derecho a la libre circulación. Fue así como Cristián Martínez, José Miguel Matte y Juan Pablo Barayón presentaron el 31 de mayo del 2000 un recurso de protección en contra del Ministerio de Transportes.

No obstante, en su fallo la Corte de Apelaciones de Santiago estimó que "no ha existido acto ilegal o arbitrario ni intervención de las garantías constitucionales de los recurrentes sino el legítimo ejercicio de las potestades administrativas que la constitución y la ley ha entregado al Ministerio de Transportes".